Carlos Illades y Ariel Rodríguez Kuri, Instituciones y ciudad.
Ocho estudios históricos sobre la ciudad de México, México, ¡Uníos!, 2000
(Sábado Distrito Federal).
Elisa Speckman Guerra
Como el subtítulo lo indica, Instituciones y ciudad ofrece ocho estudios sobre la ciudad de México. Se trata del segundo esfuerzo de los compiladores por elaborar y reunir ensayos sobre este ámbito, pues el primero salió a la luz en 1996 bajo el título Ciudad de México. Instituciones, actores sociales y conflicto político (1774-1931).[ 1 ]
Ambos trabajos se inscriben en un periodo extenso, aproximadamente 1770-1930, con lo que se abarca el siglo XIX en toda su amplitud, lo cual permite conocer el origen y el término de los procesos que confluyen en tan importante centuria: en la etapa borbónica se sentaron las propuestas políticas, económicas, sociales y culturales que cobrarían fuerza tras la obtención de la independencia, pero cuya aplicación se postergó hasta bien entrado el siglo, pues antes se debió alcanzar la estabilidad política; y sólo hasta la tercera década del siglo XX -al menos en el plano de la legislación penal, civil o sanitaria, abordada por varios de los trabajos incluidos en la compilación- se transformaron las instituciones que caracterizaron a la época, algunas de ellas propias del liberalismo y otras del positivismo.
Los temas tratados responden y reflejan nuevas tendencias en la historiografía extranjera y mexicana. En conjunto se observan dos grandes esfuerzos: en primer lugar, acercarse al ayuntamiento de la ciudad de México y estudiar sus coincidencias o conflictos con el gobierno nacional; y analizar las instituciones creadas para los grupos marginales (mendigos, enfermos, locos y criminales). Con ello la compilación se inserta en una corriente actual de la historiografía, que se interesa por estudiar la urbe no desde el punto de vista de sus límites o de su conformación política, sino desde una perspectiva más amplia, que se preocupa por los órganos locales de poder, las instituciones, los actores sociales, la cultura y la vida cotidiana. En síntesis, se trata de un estudio novedosos, hecho por historiadores jóvenes y con una visión renovada de la historia de la ciudad de México.
Siendo una obra que resulta rica desde diversos puntos de vista, su análisis podría abordarse desde muy variadas vertientes. Lo haré considerando su eje principal: las instituciones y su recepción. Las dos compilaciones realizadas por Carlos Illades y Ariel Rodríguez Kuri, Instituciones, actores sociales y conflicto político e Instituciones y ciudad, otorgan -tanto en el título como en el contenido- un lugar principal a las instituciones, entendidas como el conjunto de reglas implícitas y explícitas, formales e informales, que norman la interacción humana" y que abarcan diferentes niveles desde la relación entre los gobernantes y los ciudadanos hasta la conducta que debe seguir cada uno de ellos.
Los compiladores se preocuparon por las instituciones políticas, pero también por las reglas dirigidas a otros aspectos de la vida social. Esto es importante, pues se trata de una época en que se crearon "reglas del juego" para todos los campos de la sociedad, y el Estado encabezó las campañas, incursionando incluso en cuestiones que parecerían propias de la vida privada. Como postula Jaime del Arenal, a lo largo del siglo "la ley se convirtió en el más exquisito y sofisticado mecanismo en manos del poder para controlar prácticamente todas las esferas de la vida social y cada una de las acciones de los hombres", pues la legislación abarcó aspectos como la regulación del espacio, la educación, la instrucción, la beneficencia, la religiosidad, las devociones, la justicia, la punición, el comercio, la inventiva, las relaciones familiares, la sexualidad, las diversiones y las lecturas.[ 2 ] Con ello, en opinión de Paolo Grossi, dio inicio la época del absolutismo jurídico.[ 3 ]
Así, el Estado, en colaboración con los especialistas dedicados a cada campo (higienistas, médicos, criminólogos, educadores), creó instituciones (entidades, leyes, discursos, manuales o cartillas) destinadas a regular la vida de los individuos en todos sus campos de actividad. En opinión de los hombres de la época, ello permitiría alcanzar el desarrollo económico y el progreso social, lo cual exigía individuos cuya cultura, conducta, hábitos e incluso vestuario no pidieran nada a los habitantes de las naciones europeas.
Ésta es la lógica de la propuesta encabezada por Michel Foucault, quien postula que en el siglo XIX se creó una serie de instituciones de asilo o de encierro dirigidas a la normalización de los locos, enfermos o criminales. En otras palabras, postula que hospitales, manicomios y cárceles perseguían un mismo fin: lograr que los "desviantes" aceptaran las reglas del juego de la sociedad preindustrial o industrial.[ 4 ]
En estos grupos y en las instituciones dirigidas a ellos, se centran cinco de los ensayos incluidos en la obra compilada por Illades y Rodríguez Kuri: a los mendigos, la de Silvia Arrom; a los enfermos, la de Laura Cházaro; a los locos, la de Cristina Sacristán, y a los criminales, las de Antonio Serrano y Pablo Piccato.
Así, Instituciones y ciudad nos permite conocer las ideas, políticas, leyes y entidades dirigidas a grupos marginales. Pero, además, de forma mucho más marcada que la anterior compilación, nos permite entrever algunos aspectos de la reacción de la sociedad frente a estas propuestas. Es decir, la obra no se queda en la presentación de las instituciones (como se hace generalmente), sino que se preocupa por la recepción que tuvieron y por la participación de los grupos sujetos a reglamentación.
La reflexión sobre las instituciones creadas para integrar o normalizar a los marginales, su recepción y su efectividad, nos produjo algunas inquietudes. Si bien podemos pensar que los creadores de estas instituciones eran miembros de la elite política o intelectual, como se ha manejado en gran parte de los trabajos que estudian los proyectos y las políticas del Estado, habría que preguntarse: ¿no existieron divisiones entre las elites?, ¿fueron modelos creados por las elites y que resultaban ajenos al resto de la comunidad?, ¿no afloraban en estas instituciones ideas o concepciones de otros grupos sociales?, ¿los grupos marginales incidieron en alguna forma en el funcionamiento de las instituciones?, ¿las instituciones tuvieron éxito en su misión de controlar y "normalizar" a los "desviantes"?
Mi comentario girará en torno a estas preguntas, tomando como base las respuestas o las pistas que nos brindan los ensayos incluidos en la obra que nos ocupa.
Como hemos dicho, en muchos casos las instituciones fueron creadas o ideadas por el Estado en comunión con los especialistas en el campo. De ello dan cuenta Laura Cházaro y María Cristina Sacristán. Por ejemplo, en su estudio sobre las estadísticas médicas, Cházaro muestra cómo a mediados del siglo XIX para explicar la enfermedad se fue aminorando el peso conferido a las condiciones ambientales y se impuso una argumentación que la vinculaba con la falta de higiene de los citadinos. En consecuencia, los médicos dividieron a los habitantes de la ciudad en dos categorías: los limpios, decentes, sanos y generalmente pertenecientes a los grupos económicamente acomodados, y los sucios, indolentes, contaminados y pobres; y opinaron que los segundos debían ser corregidos para convertirlos en miembros de una "ciudad civilizada".
Tanto en el caso de los enfermos físicos como en el de los mentales, la intervención del Estado o la necesidad de reglamentación se justificó con argumentos tomados de la ciencia. Pero también atendiendo a la idea del "bien común", que remite al principio del "contrato social"; así, se decía que los pobres debían adoptar prácticas higiénicas pues contaminaban el aire que respiraban todos los citadinos, y que los dementes debían ser encerrados en pro de la seguridad de la comunidad. Se observa una mezcla de las doctrinas esenciales del liberalismo político y de las premisas propias de la ciencia. Ello responde al clima intelectual de la época, que autores como Charles Hale o William Raat han calificado de liberalismo-conservador, liberalismo-positivista o liberalismo cargado de ciencismo.[ 5 ]
Ahora bien, las políticas y las ideas en torno al tratamiento de los marginales fueron sin duda formuladas por las elites políticas e intelectuales, pero no necesariamente nacieron del consenso. De esta posibilidad dan constancia los trabajos de Silvia Arrom y de José Antonio Serrano. Al enumerar las causas que explican el fracaso del Hospicio de Pobres, Arrom se refiere a la división entre las elites, pues sostiene que algunos de sus miembros defendían la necesidad de encerrar a los mendigos y otros pensaban que era más adecuado darles limosna y permitir que conservaran su libertad. En este sentido, resulta también interesante el trabajo de Serrano, quien muestra cómo entre 1820 y 1840 entraron en pugna dos visiones sobre el control social: las "autoridades superiores" pensaban que se debía burocratizar el orden público y crear cuerpos policiales profesionales, mientras que las "autoridades locales" creían que lo adecuado era permitir que la sociedad se cuidara a sí misma, con milicianos cívicos. Se impuso la primera opción, lo cual al traer de nueva cuenta la propuesta de Paolo Grossi y de Jaime del Arenal atestiguaría el monopolio de la ley del Estado y la eliminación de los grupos particulares que participaban en la formulación de leyes o en la práctica judicial.[ 6 ] A los policías les tocó, en alguna medida, decidir quién cometía una infracción y de qué se le acusaba; por tanto, al terminar con los milicianos también se terminó con la participación de los ciudadanos en la definición del delito, y se les obligó a acatar las categorías impuestas por los legisladores.
Pasando a otro punto, si partimos de la idea de que en las elites mismas existía un desacuerdo sobre las políticas dirigidas a los "desviantes", podríamos pensar que el desacuerdo era aún más tajante respecto de los otros grupos de la sociedad. Es decir, podríamos concluir que las instituciones creadas por las elites o por una parte de ellas eran completamente ajenas a las ideas de otros sectores de la sociedad, a los cuales se les imponían soluciones distintas a sus prácticas y a sus convicciones. Así lo muestra el trabajo de Pablo Piccato. Sostiene el autor que en el caso del robo "ratero" las víctimas y los testigos preferían lidiar directamente con los rateros que denunciar el crimen, contentándose con la restitución de los bienes. Ello contrasta con la solución adoptada por los legisladores, quienes para el delito de robo contemplaron penas severas e incluso el destierro. Así, para el tratamiento de estos delincuentes, se impuso una política ajena a las prácticas y a las ideas de la parte mayoritaria de la sociedad.
Admitir que en muchos casos las políticas, las entidades o las leyes adoptadas por las elites no eran compartidas por otros sectores de la comunidad, y por lo tanto no contaban con el consenso y les eran impuestas, no exige negar la posibilidad de que en ocasiones los legisladores representaran o recogieran ideas de otros grupos. En este sentido corre la propuesta metodológica de Piccato, quien señala: "La legislación penal (y probablemente civil) refleja el impacto del positivismo y otros paradigmas explicativos, pero en la misma medida debe ser considerado como producto de concepciones públicas, no exclusivamente de elite, sobre el crimen y el castigo" (p. 242). Coincidimos con esta idea. Si la línea que separa las ideas entre varios grupos de la sociedad puede ser más o menos tajante, más sutil es, como lo han señalado diversos historiadores, la que separa las mentalidades (nociones compartidas) o los valores o pautas de conducta, que es lo que aquí nos interesa. Ello se nota en algunos preceptos del Código Civil. Si bien muchos puntos no correspondían a las posibilidades y a las prácticas de los grupos populares, quizá sí se acercaban a sus anhelos.
Por ejemplo, en lo relativo al matrimonio y la familia se nota una coincidencia entre la propuesta de los legisladores y las elites, y la opinión de otros sectores. La legislación pone énfasis en el matrimonio civil como medio para sustentar a la familia, y opta por el modelo de separación de esferas y tareas, esquema que propone que al varón le toca salir al mundo profesional y público para obtener el sustento económico, mientras que a la mujer le corresponde permanecer en el ámbito del hogar y consagrarse al cuidado de los hijos. Mucha gente no se casaba, pues no tenía dinero para el matrimonio eclesiástico y el civil no le importaba; muchas mujeres debían trabajar, y pocas se quedaban en el hogar, que muchas veces era un cuarto de vecindad compartido por muchas familias. Sin embargo, el modelo, tomado de la tradición judeocristiana, está presente en una gran cantidad y variedad de escritos y no sólo en los que eran redactados por clases privilegiadas, sino también en textos de circulación popular, como los impresos de la casa de Antonio Vanegas Arroyo,[ 7 ] o bien en procesos judiciales se nota claramente el anhelo de las madres por casar a sus hijas (canónica o civilmente) y evitar que se unieran en amasiato.[ 8 ]
Tanto Silvia Arrom como María Cristina Sacristán coinciden en que las instituciones de asilo en México no sirvieron para normalizar a los desviantes, pues alojaron una mínima proporción de los marginales a los cuales pretendían "recuperar". En este punto habría que considerar que estas instituciones, que teóricamente buscaban reformar o reintegrar a los transgresores, es decir, se proponían moralizarlos y regresarlos a la sociedad convertidos en individuos "útiles", muchas veces fallaban en sus propósitos y, por el contrario, reforzaban su marginalidad. Como ejemplo, podemos mencionar la sentencia que recoge Pablo Piccato y que es por todos conocida: las cárceles no son más que escuelas del crimen. Esta idea se presenta en diversos textos de la época. Muestra de ello puede verse en un diálogo de la novela La rumba, escrita por Ángel del Campo; el cura del barrio le dice al padre de la protagonista, quien había sido conducida a la cárcel de Belén:
-Bueno, pues ya todo pasó y ahora se encuentra en circunstancias muy críticas, ¿estamos? Y hoy más que nunca debe usted vigilarla: esas cárceles son un infierno... Si no es mala, ahí se volverá lo que no es.[ 9 ]
En esta idea de que las instituciones no sólo no reforman sino que incluso acentúan la marginalidad, Piccato va todavía más lejos y postula: "la ley crea sospechosos de raterismo que a su vez se convierten en rateros gracias al castigo" (p. 241). Con ello coincide con una corriente criminológica conocida como "teoría de la etiqueta", que sostiene que al etiquetar como criminales o sospechosos a determinados individuos la sociedad los condiciona a cometer un delito.[ 10 ]
Tanto Silvia Arrom como Cristina Sacristán muestran cómo los grupos sujetos a reglamentación tuvieron un papel activo en la reformulación o en la reforma de las instituciones. Se refiere Sacristán a la injerencia de los familiares de los pacientes en el trato y en los plazos del internamiento. Por su parte, señala Arrom que los mendigos sobornaban a los policías con el fin de evitar el internamiento, y que los internos escapaban durante los paseos dominicales. Ello determinó que, con el tiempo, se terminara con la reclusión forzosa y el asilo se limitara a recibir a los individuos que acudían voluntariamente en busca de sostén, por ejemplo, viudas que se habían quedado sin recursos pero que de ninguna manera hubieran mendigado en la calle y a las cuales no había que "reformar" ni "recuperar".
Sintetizando lo dicho hasta ahora, el estudio de las entidades, discursos y leyes dirigidas a los marginales nos abre diversas tareas: en primer término, identificar a los agentes que los formularon; en segundo, comparar su propuesta con la idea de otros sectores de la sociedad, con el fin de identificar coincidencias o distancias, lo cual nos permitiría, como tercera meta, entender la reacción de la comunidad a sus programas; y, por último, el éxito o el fracaso de las instituciones. Sin duda, para todos estos puntos, Instituciones y sociedad brinda aportaciones de sumo interés.
Además de lo anterior, es decir, además de subrayar la importancia de la compilación para el estudio de los grupos marginales y de las políticas que la elite formuló para su tratamiento, así como para el análisis de los órganos locales de poder y su relación con las autoridades federales, para concluir, no podemos dejar de repetir que en nuestra opinión la obra constituye una importante contribución a la historiografía de la ciudad de México y, de forma más amplia, a la historiografía mexicana en general, pues los ensayos incluidos en ella sugieren temas, ideas y metodologías, presentando un tratamiento y una visión novedosa del pasado.
[ 1 ] Esta obra fue editada por El Colegio de Michoacán y la Universidad Autónoma Metropolitana en 1996.
[ 2 ]"El discurso en torno a la ley: el agotamiento de lo privado como fuente del derecho en el México del siglo XIX ", en Brian Connaughton, Carlos Illades y Sonia Pérez Toledo (coords.), Construcción de la legitimidad política en México , s. l., El Colegio de Michoacán-Universidad Autónoma Metropolitana-Universidad Nacional Autónoma de México-El Colegio de México, 1999, p. 303-322, p. 308.
[ 3 ] Paolo Grossi, "Absolutismo jurídico y derecho privado en el siglo XIX ", en Doctor Honoris Causa. Paolo Grossi, Bellaterra, Universidad Autónoma de Barcelona.
[ 4 ] Véase Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión , traducción de Aurelio Garzón del Camino, México, Siglo XXI, 1993.
[ 5 ] Véase, por ejemplo, Charles Hale, La transformación del liberalismo en México a fines del siglo XIX , traducción de Purificación Jiménez, México, Vuelta, 1991 (La Reflexión), o William Raat, El positivismo durante el Porfiriato (1876-1910) , versión castellana de Andrés Lira, México, Secretaría de Educación Pública, 1975 ( SEP -Setentas).
[ 6 ]"El discurso en torno a la ley: el agotamiento de lo privado como fuente del derecho en el México del siglo XIX ", en Brian Connaughton, Carlos Illades y Sonia Pérez Toledo (coords.), Construcción de la legitimidad política en México , s. l., El Colegio de Michoacán-Universidad Autónoma Metropolitana-Universidad Nacional Autónoma de México-El Colegio de México, 1999, p. 303-322, p. 308; y Paolo Grossi, "Absolutismo jurídico y derecho privado en el siglo XIX ", en Doctor Honoris Causa. Paolo Grossi, Bellaterra, Universidad Autónoma de Barcelona.
[ 7 ] Véase Elisa Speckman, "Las tablas de la ley en la era de la modernidad. Normas y valores en la legislación porfiriana", en Modernidad, tradición y alteridad. La ciudad de México en el cambio de siglo ( XIX - XX ) , México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas, 2001 (Historia Moderna y Contemporánea, 37); y "Pautas de conducta y código de valores en los impresos de Antonio Vanegas Arroyo", ponencia presentada en el Coloquio Internacional Literatura del Otro Fin de Siglo, El Colegio de México, octubre de 2000.
[ 8 ] Véase procesos de rapto en el Archivo Histórico del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.
[ 9 ] Ángel del Campo, La rumba , México, Promexa, 1979, p. 198. La novela fue publicada por entregas entre los años 1890 y 1891.
[ 10 ] Para un panorama más amplio de los postulados de esta corriente, véase obras como la de Elena Larrauri, La herencia de la criminología crítica , México, Siglo XXI , 1992, p. 25-38.
Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, Martha Beatriz Loyo (editora), México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas, v. 21, 2001, p. 97-104.
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