Javier MacGrÉgor C.
Este trabajo tiene por objeto reseñar la forma en que se desarrolló en el estado de Michoacán un aspecto poco conocido del levantamiento del sur que sacudió a nuestro país durante los años de 1830-1831. Es posible realizar ese análisis principalmente debido a la existencia de documentación poco investigada que se encuentra en el Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y que puede dar nuevas luces sobre el carácter que asumió este conflicto y, fundamentalmente, la forma en que se le sofocó.
Ignoramos las razones por las cuales la mencionada documentación se encuentra en ese archivo y no en el de la Defensa Nacional -se trata de sumarias militares-, pero el hecho es que ahí está, y se puede consultar de una forma relativamente fácil.
Podemos decir que, en este caso, más que elegir nosotros el tema, éste nos eligió a nosotros, pues hubimos de trabajar la documentación que estaba precisamente allí, y más aún por el carácter del seminario para el cual este trabajo fue requisito: documentos relativos a sublevaciones, levantamientos, rebeliones militares, etcétera. El material resultó extraordinariamente rico e interesante con las variaciones que esto debe tener y, podemos decir, nos ha resultado muy provechosa su consulta.
Teníamos el problema de las fuentes secundarias, pues existen pocas referencias bibliográficas modernas que se ocupen del contexto general (la llamada "administración Alamán") y el levantamiento del sur en particular. Esto se resolvió un poco con la utilización de los textos de los historiadores de esa época, pero no podemos dejar de pensar que hace falta contar con más estudios monográficos que se ocupen con detalle del desenvolvimiento de los frecuentes sacudimientos políticos y militares que estremecieron toda la primera mitad del siglo XIX.
Finalmente, podemos decir que este trabajo se ha enfrentado a un doble problema metodológico: desentrañar el contenido del material documental analizado y, a la vez, ubicarlo en un momento y lugar que son extremadamente complejos en el marco del siglo XIX mexicano. Esperamos haber logrado esta articulación de la manera más clara posible.
Y sin embargo, México no vivió un solo momento de paz, mientras Bustamante y Alamán estuvieron en el poder.
Luis Chávez Orozco, Historia de México (1808-1836), p. 286
Dentro del marco de la dialéctica centralismo-federalismo, muy significativo para la política durante una buena parte de la primera mitad del siglo XIX en México, la administración del vicepresidente Anastasio Bustamante (1830-1832) se caracteriza por una bamboleante necesidad de mantener una forma federalista frente a una práctica cada vez más centralizadora.[ 2 ] Esta administración, como muchas de esta época, es producto de un levantamiento militar y, a la cual, otro levantamiento militar le pone fin. Sin embargo, y a pesar de esto, se trata de un gobierno altamente preocupado por mantener un equilibrio entre los elementos de la legalidad y la legitimidad que definen el espacio político (su empeño por imposibilitar -aunque no pudiera ser "moralmente"- como presidente de la República a Vicente Guerrero y por declarar "justo" el pronunciamiento de Jalapa son una muestra de ello). Pero además, se trata de un gobierno altamente represivo e intransigente con la oposición: la forma de "controlar" la rebelión del sur nos habla de esto último.
En este sentido, la paradoja legalidad-legitimidad versus carácter represivo es solamente nominal, pues la mentalidad política de la época no cuestiona el ataque a la disidencia que se opone a la forma en que surge el nuevo gobierno (el mismo Guerrero, en un principio, lo acepta), sino que se rechazan, y eso es lo que genera la movilización, las medidas prácticas que tienden a anular o mediatizar -por ejemplo- la autonomía y la soberanía estatales. La llamada "administración Alamán" entrará en un peligroso círculo (o espiral, si la vemos en su desarrollo completo) en el que la represión de estas prácticas opositoras significará la toma de medidas que conllevan nuevas protestas ampliadas, etcétera. El asesinato de Guerrero y todo el aparato pseudolegal que lo rodea es una muestra de ello.
El afán por lidiar con este problema, manteniendo una forma de gobierno que no coincide con las necesidades prácticas del momento, es lo que le da sentido a la caracterización de este gobierno como una forma de "despotismo ilustrado",[ 3 ] que intenta conciliar una política relativamente progresiva con las prácticas conservadoras tradicionales. En este sentido, considerar a este régimen "el primer intento restaurador del bloque hegemónico del pasado colonial",[ 4 ] se nos antoja francamente excesivo. La no desaparición del federalismo, aunque fuera en el plano meramente formal, introduce un matiz importante que hay que considerar. Fue una administración represiva y autoritaria en el plano político y militar, con elementos de avanzada en lo económico y financiero. Las caracterizaciones de los autores de la época suelen ser lapidarias: para Zavala, la rebelión de la cual surge este gobierno es "abiertamente criminal", y la política que intentaba era la de "presentar espectáculos de destierros y sangre para hacerse temible".[ 5 ] Juan Suárez y Navarro se encarga de describir el "cúmulo de los desaciertos y de los crímenes de un gobierno que parece se había propuesto la destrucción de los mexicanos".[ 6 ] José María Bocanegra, el depuesto presidente provisional, considera que con la aprobación del decreto de "imposibilidad" por parte del Congreso para que Guerrero gobernase parte la "iniciativa y principio de días luctuosos, y de acontecimientos y escenas de sangre".[ 7 ] El mismo Tornel considera a ésta "una época lamentable, en que para conducir a los hombres al patíbulo no se respetaba ni el valor ni la buena fe".[ 8 ] Poco después, Olavarría y Ferrari expresaba que "nuestra opinión es la de que el gobierno de Bustamante era y se sentía bastante débil y mal apoyado por la opinión y por eso buscaba en el terror el sostén de que carecía y por eso también de todos sospechaba y todos antojábansele espantables enemigos".[ 9 ]
En fin, Justo Sierra explica que con esta administración "se adoptó un sistema de terror militar, y la represión fue en todas partes sangrienta".[ 10 ]
Lucas Alamán responde a las acusaciones del excesivo rigor de aquel gobierno, mencionando una buena cantidad de lo que consideraría factores atenuantes, tales como tratarse en ese momento de una guerra civil; el carácter del partido contra el que se luchaba; los atentados contra el vicepresidente, y el hecho de que para poder controlar esta situación se hayan empleado " tantos jefes diferentes [por lo] que no es extraño que haya habido algunos excesos, muchos menos sin embargo, que los de antes y después han cometido, cuando han tenido en sus manos el poder, los mismos que con tanta severidad tratan a la administración del general Bustamante".[ 11 ]
Alamán trata de compensar la existencia de algunos de estos excesos con la visualización y manejo de otros elementos, ésos sí, favorables al balance de este régimen: arreglo de la hacienda pública; restablecimiento del crédito externo; resguardo de las fronteras; nueva vida a la industria; organización del ejército; nuevos prelados para la Iglesia, etcétera. En pocas palabras, según él, en este periodo "México pudo concebir la esperanza de ser nación".[ 12 ]
Vemos así una compleja mezcla de elementos que escapan a la formación de la tradicional y maniquea dicotomía federalismo-centralismo. La existencia de factores que muestra es enorme, pero quisiéramos ahora centrarnos en uno que, a la vez que es nuestro testimonio de esto, sirve de detonante de una serie de levantamientos y rebeliones, una de las cuales es el objeto específico de este trabajo. Nos referimos al famoso artículo cuarto del Plan de Jalapa (el cual lleva a Anastasio Bustamante al poder) y la reacción que contra él se suscita en el estado de Michoacán.
El Plan de Jalapa, por el cual se pronunció el ejército de reserva el día 4 de diciembre de 1829, manifestaba en sus artículos tercero y cuarto:
3o. Para este fin [el restablecimiento del orden constitucional], su primer voto [del ejército] que pronuncia en ejercicio del derecho de petición, es que el supremo poder ejecutivo limita las facultades extraordinarias de que está investido, pidiendo inmediatamente la convocatoria para la más pronta reunión de las augustas cámaras, a fin de que éstas se ocupen de los grandes males de la nación y de su eficaz remedio, como lo consultó el consejo de gobierno, oyendo a la vez las peticiones que los mexicanos tengan a bien dirigirle sobre las reformas que deban establecerse, para que la república, libre de abusos en la administración de todos sus ramos pueda marchar a su felicidad y engrandecimiento.
4o. El segundo voto es que se renueven aquellos funcionarios contra quienes se ha explicado la opinión pública.[ 13 ]
El artículo cuarto da pie a esta "renovación" de funcionarios -sobre todo gobernadores y congresos estatales- que permita realizar una depuración de elementos contrarios o poco favorables para este régimen. La mecánica era más o menos sencilla:
Se persuadía al ayuntamiento de una ciudad, a una guarnición militar o a cualquier otra corporación oficial de un estado, a que se pronunciara contra los legisladores, el gobernador, o ambos. Se redactaba entonces una petición que se enviaba al Congreso nacional, solicitando la destitución de las autoridades y la restauración de las anteriores o la celebración de nuevas elecciones.[ 14 ]
Los estados en que hubo legislaturas disueltas fueron Jalisco, Michoacán, Querétaro, Durango, Tamaulipas, Tabasco, Oaxaca, Puebla, Veracruz, Chiapas y México,[ 15 ] muchas de las cuales, como es el caso de la que analizaremos, fueron disueltas de manera tumultuaria.
Lo anterior, ocurrido a principios del año de 1830, reavivó una idea reciente desarrollada en algunos estados, que tendía a defender e impulsar las soberanías estatales en caso de un gobierno centralista. Esta idea era la de promover una coalición de estados (Zavala la llama convención) para mantener el sistema federal.[ 16 ] Los estados de Jalisco, Michoacán y San Luis Potosí[ 17 ] aparecen como los más activos promotores de este proyecto. Aun cuando esto no se llegó a materializar, la chispa de la rebelión ya se había encendido y ésta se extendió a varios estados: Michoacán, Puebla, el actual estado de Guerrero, Oaxaca y México.[ 18 ] En ellas participaron distintos personajes de la talla de Vicente Guerrero, Juan Álvarez, Gordiano Guzmán, Francisco Victoria y otros. Ninguno de estos levantamientos logró derrocar al régimen de Bustamante, pero su importancia ha de valorarse a la luz del esfuerzo que se requirió para sofocarlos, los recursos empleados y el socavamiento de la endeble legitimidad de ese gobierno.
Es en este marco de la denominada genéricamente guerra o rebelión del sur (levantamiento o revolución para algunos) que estudiaremos la forma en que ésta se desarrolló, así como su sofocación en el estado de Michoacán. Dos personajes son fundamentales para entender este movimiento: el gobernador Salgado y el coronel Juan José Codallos, considerado este último por Suárez y Navarro como "el jefe que infundía más serios temores al gobierno".
Existe cierto acuerdo entre los historiadores de este periodo en que el desconocimiento del gobernador José Trinidad Salgado, por parte del Ayuntamiento de Morelia el 5 de marzo de 1830, y su despojo tumultuario, señala de alguna forma el inicio de la resistencia armada en este estado[ 19 ]Ésta puede ser estudiada principalmente a través de dos elementos: a) la resistencia efímera opuesta por el propio gobernador Salgado; b) la resistencia más tenaz y duradera presentada por el coronel Codallos. Esta se irá debilitando paulatinamente hasta desaparecer por completo en julio de 1831 con la muerte del caudillo.
Una vez depuesto, le es notificada a Salgado su salida, pero él se niega a aceptarla. Como menciona Carlos María de Bustamante, persiste en su resolución de ser gobernador a todo trance.[ 20 ] Salgado salió de Morelia hacia Pátzcuaro confiando en que la legislatura y el gobernador Romero, de San Luis Potosí, le enviarían esfuerzos para presentar oposición al gobierno, pero éstos -como ya hemos mencionado- ya habían reconocido a la nueva administración. Después de algunos breves combates y perseguido por las fuerzas de Gabriel Armijo, primero, y de Antonio García, después, Salgado fue finalmente derrotado y tomado prisionero en la ex hacienda de Chavinda el 25 de marzo de ese año. Se inicia así un proceso contra él que, a decir de Lorenzo de Zavala, había llamado mucho la atención pública y en el que, pese a los ruegos de la esposa del ex gobernador, Dolores Rentería, Salgado fue "sentenciado a la pena capital por un consejo ordinario de guerra".[ 21 ] Para suerte suya, Salgado logra fugarse del convento de San Agustín donde se hallaba prisionero, días antes del momento en que debía ser fusilado, esto es a mediados de agosto de 1830.[ 22 ]
Según Zavala, después de esto, "Salgado corrió a unirse a las fuerzas que se levantaban para sostener el plan de Codallos".[ 23 ] Es hora de que hablemos de éste último. Decía Juan José Codallos, cuando una vez ya prisionero se le interrogaba, que el objeto principal del pronunciamiento del 2 de marzo "fue el sostener el sistema federal en toda su plenitud, que había sido atacado en diversos estados por autoridades subalternas y tumultuariamente, despojando a las legítimas autoridades, infringiendo la constitución general y particular de los estados.".[ 24 ]
Más de un año había pasado ya entre la promulgación del llamado Plan Codallos, fechado el 11 de marzo de 1830 en el cuartel general en la fortaleza de Santiago Barrabás.[ 25 ] Nos parece que, en general, la caracterización que realiza Bocanegra es justa:
Entre los movimientos armados, fue notable el plan de don Juan José Codallos, que así se llamó. Este jefe trató de dar un programa y regularizar la revolución; y al efecto publicó en once artículos un plan que, con el nombre de sostenedor de la soberanía de los Estados, los invitaba también a que formasen una coalición y creasen un gobierno provisorio, bajo el sistema que regía entonces en la república.[ 26 ]
Este plan, calificado de "justo y racional" por Olavarría y Ferrari,[ 27 ] es una respuesta coherente y clara a la centralización que los actos de la administración Alamán realizaba, amparada por el "federalista" Plan de Jalapa. Cuatro artículos en particular muestran esto de manera transparente:
Artículo 1o. Las honorables legislaturas de los estados, sus gobernadores y demás funcionarios públicos que hayan sido despojados de sus destinos, desde el 4 de diciembre último, serán inmediatamente restituidos a sus puestos según existían en aquella fecha.
Artículo 2o. El augusto Congreso General, con arreglo a la Constitución, no conocerá de las cuestiones que se hayan suscitado, o puedan suscitarse, acerca de la validez de los diputados y gobernadores de los estados, por pertenecer exclusivamente éstos a su gobierno interior; y sólo cuidará de que sus actos no se opongan a las leyes generales.
Artículo 9o. El ejército sostenedor de la soberanía de los estados se denominará Federal Mexicano, el que respetará las autoridades, las personas y propiedades de los mexicanos, castigando severamente a los que atentasen contra ellas.
Artículo 10. Si, como no es de esperar, el gobierno de la Unión no adopta este plan, los estados formarán una coalición para sostener su soberanía, estableciendo un gobierno provisional en toda su pureza.[ 28 ]
Es la respuesta que el coronel venezolano daba a los ataques que, de hecho, se daban acerca de la tan difícilmente obtenida Constitución federal. No es el objeto de este trabajo desarrollar paso a paso los hechos de guerra realizados por Codallos en pro de su plan. Quisiéramos destacar tan sólo dos elementos, pues si bien es cierto que era difícil que las fuerzas comandadas por Codallos, en general, pusieran en jaque a las fuerzas del gobierno (recordemos que bajo el mando del ministro de Guerra, Facio, según Alamán, se había dado una reorganización importante del ejército), también es cierto que el levantamiento llegó a tener una fuerza considerable y sólo decayó cuando la articulación entre algunos de sus dirigentes se quebró.
El primer aspecto que quisiéramos destacar es el de la relación de Codallos con Vicente Guerrero. Hemos mencionado que éste, una vez que se materializó legalmente su deposición como presidente con la declaratoria por parte del Congreso de su "imposibilidad", se retiró, según Zavala, a su hacienda, y es en marzo de 1830 cuando se levanta también en armas. Existió, según desarrolla Olavarría y Ferrari, una relación estrecha entre ambos personajes, al menos en lo que al punto de partida se refiere, ya que esto no es tan claro como parece, en lo que se refiere propiamente a las acciones de guerra.[ 29 ] Dice Olavarría:
Don Vicente Guerrero, cumpliendo lo que ofrecido había para el caso de que peligrasen la libertad o independencia de los estados y la estabilidad del sistema federal, remitió cartas a los ayuntamientos de las poblaciones surianas, diciéndoles desde Sirándaro, con fecha 24 de marzo, lo siguiente: "Tengo la satisfacción de manifestar a usted que el día de hoy he llegado a este pueblo con el objeto de unirme a la división del señor general don Juan José Codallos".[ 30 ]
La relación Codallos-Guerrero es también estrecha en su temporalidad, sobre todo al final. Guerrero es fusilado en febrero y Codallos en julio de 1831; sin embargo, la debacle de este último había comenzado desde diciembre del año anterior. Esto hace que tenga sentido la afirmación de Costeloe y anteriormente citada en el sentido de que, prácticamente, la guerra del sur termina con la muerte de Guerrero (aunque, quizá, terminó desde antes, con la derrota en enero de 1831 de Guerrero y Juan Álvarez ante Nicolás Bravo).
Éste es el siguiente aspecto que queríamos desarrollar: la relación con Álvarez y Guzmán. La dependencia de Codallos respecto a estos últimos fue, sobre todo al final, enorme. Durante el interrogatorio que se le practica una vez preso, Codallos responde a la pregunta sobre qué recursos y auxilios tenía diciendo que:
Los auxilios de fuera últimamente los había solicitado al coronel don Gordiano Guzmán y don Juan Álvarez, cuyos jefes ignoraba -el que se hubieran presentado al Supremo Gobierno, pues en virtud de aliarse el que expone huyendo por las barrancas, carecía de toda clase de noticias respecto del estado que guardaba la revolución, pues los demás recursos carecía en la actualidad.[ 31 ]
Este desconocimiento le resultó mortal a Codallos. Seguramente, Álvarez y Guzmán pactaron el indulto al cobijo de la ley de amnistía por delitos políticos del 11 de marzo de 1831,[ 32 ] por la cual se conmutaba la pena capital por la de exilio a quienes se acogieran a ella. Las condiciones de rendición pactadas por Álvarez y Guzmán, el primero ante Bravo, fueron sumamente favorables para ellos:
Como máximo jefe del sur, Juan Álvarez, al someterse a la disposición del gobierno, presionó a hacer lo mismo a los que le reconocían como jefe supremo. Gordiano Guzmán se sometió, pero antes de firmar un arreglo definitivo tuvo unas conversaciones preliminares con el comandante de Jalisco, Joaquín Parres, en un lugar llamado Pie de la Cuesta de San Juan, el 9 de mayo de 1831.[ 33 ]
Finalmente, Codallos, perseguido por el coronel Esteban Moctezuma, fue capturado a finales de mayo de 1831, procesado y fusilado en julio de ese mismo año.[ 34 ] Éste es el panorama general. Veamos ahora la forma en que se llevaron a cabo los procesos de algunos de los participantes en este movimiento.
Examinaremos aquí los procesos, tomados prácticamente al azar, de algunos participantes del levantamiento del sur, provenientes de los dos grupos mencionados como característicos de la forma que este movimiento asumió en el estado de Michoacán: la rebelión de Salgado y la de Codallos.
Dos destinos distintos esperan a estos dos personajes, ambos participantes en la acción de Chavinda, debido "a que obedecían órdenes del gobernador Salgado". El primero morirá fusilado, y al segundo se le libera resguardo. Este proceso comienza en junio de 1830 y, dándose por concluido, se cierra y archiva hasta abril de 1832, más de un año después de la muerte de Mier.
A José Gregorio Mier, capitán retirado de caballería en el ejército y coronel en el primer batallón cívico del estado de Michoacán, de treinta y ocho años de edad, se le recogen dos cartas fechadas el 25 de mayo de ese mismo año, una dirigida a Vicente Guerrero y otra a Juan José Codallos, donde solicita instrucciones y un detalle muy particular en la dirigida al segundo: "Como si tratase vuestra señoría o el excelentísimo señor Guerrero de capitular no nos olviden en que nosotros seamos de los comprendidos en las garantías que les den [f.11]".
Nieves Huerta, coronel graduado y retirado en el ejército y coronel al primer regimiento cívico en la ciudad de Morelia subraya su entrega voluntaria al supremo gobierno por haber acompañado, a Pátzcuaro, obedeciendo, al gobernador Salgado. Este proceso se mezcla con el seguido a tres paisanos (Blas Estrada, Juan Guzmán y Cornelio Ballesteros) quienes finalmente son liberados.
Este caso es confuso, pues la documentación está entremezclada y evidentemente incompleta. Lo que queda claro es que ambos declarantes participaron, forzosa o voluntariamente, con Salgado y ahora se retractan lo más enfáticamente que pueden. El caso de Mier es extremo, pues habiéndosele dado la libertad provisional a finales de julio, se le reaprehende, pero acude a todo para conseguir su libertad:
El plan regenerador de Jalapa es mi ángel titular esta ocasión para invocar esperanzadamente el cumplimiento exacto de las leyes y de la Constitución. Este contrato civil que se formó entre el pueblo y el ejército pronunciado afianza la incolumidad de aquellas preciosas garantías que constituyen la bienaventuranza, alentando de una manera firme y estable a todo ciudadano para que reclame los derechos conculcados. Los míos adolecen de esta fatal calamidad y por lo mismo a vuestra señoría suplico se sirva mandar que se me amplíe mi prisión en los términos que se me había concedido o cuando no que se me de conocimiento de los motivos que han causado mi prisión para deducir mis excepciones y defensas.[ 36 ]
Respuesta pronta: se dispuso volverlo a prisión, no obstante estar en libertad bajo fianza, con el objeto de evitar una asonada. El escape por estos mismos días de Salgado de prisión ha obligado a estrechar la vigilancia y endurecer la mano sobre los reos. Por otra parte, se menciona cada vez más al padre José Antonio Méndez como uno de los principales corifeos de Codallos, pronunciando sermones incendiarios en contra del gobierno y los escoceses. A principios de octubre, Mier seguramente presiente algo, e insiste encarecidamente ante el nuevo comandante general Pedro Otero:
Obedecer las órdenes de don José Salgado cuando era gobernador no pudo haber sido un crimen: huir después de los peligros y buscar la seguridad de la vida fue una acción natural y presentarme últimamente a vuestra señoría como lo deseaba fue con satisfacción y satisfecho de sus generosas ofertas y beneficencia fue un acto de buena fe que prueba la sinceridad de los sentimientos y que nadie debe apreciar más que un gobierno.[ 37 ]
Inútil. Para evitar el formulismo que ya parece excesivo del proceso, Otero apresura las cosas. Asociado a un carcelero de nombre Trinidad Ríos, se prepara un simulacro de escape, siendo que, una vez comenzada la fuga a las doce de la noche del día 7 de diciembre, la tropa los esperaba fuera del templo de San Agustín. Ese mismo día, a las diez de la mañana, fueron fusilados José María Méndez, Gregorio Mier, Cristóbal Cortés, José María Cisneros y Francisco Godínez, quienes pretendieron fugarse, así como Ruperto Castañeda, Agustín Castañeda, Ignacio Ortiz y Antonio Mier quienes los ayudaron.[ 38 ] Nieves Huerta es puesto en libertad tiempo después.
Toda esta parte final está ausente en la sumaria a que hemos venido haciendo referencia.
Al igual que el expediente anterior, éste contiene dos caminos distintos: el cadalso y la libertad.
Juan Sánchez, de treinta años, capitán de la primera compañía del cuarto regimiento cívico del estado de Michoacán, va a acudir a cuanto recurso se pueda para demostrar involuntariedad en el acatamiento de las órdenes del entonces gobernador Salgado, arrepentimiento, dolor familiar, documentos donde muestra cómo se le fuerza, solicitudes por su liberación de los vecinos del pueblo donde vive, etcétera. Así, se unió a Salgado "por obsequiar la orden de una autoridad y no llevado de pasiones innobles ajenas a mi modo de pensar".
José Salgado y Gregorio Mier confirman, condescendientes, las declaraciones de Sánchez. Su proceso no tiene mayores complicaciones, aun cuando es hasta marzo de 1832 que se le declara libre:
No consta en este sumario y formado contra Agustín Castañeda y don Juan Sánchez cómo y cuándo pasó el señor asesor, mi antecesor; él vino a mi despacho por decreto de vuestra señoría el 3 de noviembre con el mismo que recibí diez y siete procesos retenidos en poder de dicho letrado y examinadas sus actuaciones se deduce de ellas deberse sobre ser en su secuela ya porque Agustín Castañeda que públicamente ejecutada su vida el día 8 de diciembre de 1830 y ya. También porque don Juan Sánchez no resulta cómplice voluntario en la subversión acaudillada por el ex gobernador don José Salgado.
Debe pues ponerse una constancia de la ejecución de Castañeda y debe declararse libre y sin nota alguna a don Juan Sánchez, pues las constancias de autos todas lo sincerizan [ sic ] y así se le debe participar por conducto de la autoridad civil del lugar de su residencia cancelándose la escritura de su fianza.[ 40 ]
Agustín Castañeda, de treinta y tres años, capitán retirado de caballería del ejército, a quien Salgado invitara personalmente a sostener las autoridades del estado afectadas, "a lo que accedió persuadido de que su deber le exigía sostener dichas autoridades",[ 41 ] pero en cuanto comienza la acción de Chavinda, se "separó de sus compañeros y pasado el tiroteo se le presentó a un oficial", versión posteriormente refutada por García, el vencedor de Chavinda y un subordinado suyo, Aguilar, quienes rechazan la versión de Castañeda de "haberse presentado voluntariamente".[ 42 ] Castañeda cayó, como hemos visto, en esa especie de antecedente del plan fuga que inmisericordemente se les impone, acción tan deplorada y criticada por Lorenzo de Zavala.
El voluminoso expediente que contiene la causa contra Codallos y sus acompañantes es un bien estructurado, aunque apresurado, conjunto de testimonios, interrogatorios, careos, arengas y sentencias al que no podemos dejar de ordenarlo cronológicamente para poder entrever la estructura de una sumaria militar. Todo esto corresponde al año de 1831.
25 de mayo | El Comal | Captura de Codallos y acompañantes. |
3 de junio | Morelia | El comandante general Villaurrutia nombra al teniente general José María Arrieta juez fiscal de esta causa, y a Silvestre Fernández, secretario (f. 1). |
6 de junio | Pátzcuaro | Lista presentada por Moctezuma de personas capturadas y captores (f. 10-11). |
7 de junio | Pátzcuaro | Declaraciones de los tres primeros testigos (f. 12-19). |
8 de junio | Pátzcuaro | Declaraciones de los cinco siguientes testigos (f. 26-35). |
9 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargo de los dos primeros reos (f. 42-58). |
10 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargo de los dos segundos reos (f. 60-75). |
11 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargos de los dos terceros reos (f. 76-87). |
12 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargos de dos cuartos reos (f. 89-100). |
13 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargos de los dos quintos reos (f. 100-114). |
14 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargos de los dos sextos reos (f. 114-125). |
15 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargos de los dos séptimos reos (f. 127-136). |
16 y 15 de junio | Pátzcuaro | Confesión con cargo del reo Juan José Codallos (f. 136-161). |
19 de junio | Pátzcuaro | Nombramientos de defensores (f. 174). |
21 de junio | Pátzcuaro | Ratificaciones de los testigos (f. 189-192). |
21 al 28 de junio | Pátzcuaro | Careos de los testigos con los reos, y diligencias de haber presenciado el defensor de cada reo el careo (f. 194-302). |
28 de junio | Pátzcuaro | Diligencia de no verificarse el careo del reo principal con los demás de este proceso (f. 303-304). |
29 de junio | Pátzcuaro | Diligencia de haber entregado el proceso de los 10 oficiales defensores (f. 311-312). |
6 de julio | Pátzcuaro | Diligencia de haber devuelto los oficiales defensores el proceso (f. 313). |
6 de julio | Pátzcuaro | Excitativa del juez fiscal del presente proceso. Solicitud de la pena de muerte (f. 314-320). |
7 de julio | Pátzcuaro | Presentación ante el Consejo de Guerra de las defensas realizadas por los oficiales nombrados por los reos para ello (f. 322-357). |
7 de julio | Pátzcuaro | Excitativas finales de Codallos, Castañeda y del Río (f. 358-367). |
7 de julio | Pátzcuaro | Diligencia de haberse juntado el consejo y haberse presentado en él a los reos comprendidos en esta causa, votos y sentencia (f. 368-373). |
9 de julio | Varios lugares | Caso Agapito López (f. 375-404). |
11 de julio | Pátzcuaro | Ejecución de los acusados. |
Este proceso fue rápido, demasiado rápido (con continuas manifestaciones por una mayor celeridad por parte de las autoridades militares superiores), y con muchos visos de mero formalismo. A lo largo de toda esta sumaria se siente la impresión de que la decisión final ya está tomada de antemano. Se trata en todo caso de demostrar, presentando la autodefensa más lastimera y autocrítica, que así se evitará la pena capital por otra, al menos, que permita seguir viviendo. La carta dirigida por Codallos a sus subordinados todavía activos -que debían ser realmente pocos- incluida en este proceso es una muestra de esto:
es de suma necesidad que inmediatamente revise usted toda la gente de la Sierra de Acuitiro y la demás que le pertenezca con las armas respectivas para que se presente usted con ellas ante el expresado señor coronel [Moctezuma] y al efecto lo conjuro por la patria y en nombre de la nación para que así lo verifique seguro que su persona de usted y las de los demás individuos no sufrirán vejación alguna, ni tampoco sus intereses, según me ha ofrecido el referido señor Moctezuma.
También me persuado que observando el Supremo Gobierno con docilidad presentando a cooperar a restablecer la paz en el mismo Estado que insurreccioné no dudo que usará de alguna clemencia con mi persona por tanto le suplico a usted encarecidamente se sirva presentarse lo más pronto posible, pues de ello depende el bien y la prosperidad de la patria y quizás mi existencia.[ 44 ]
Junto con Codallos fueron apresados el capitán Manuel Castañeda, el alférez Antonio Farfán, el sargento Francisco Arzate, el cabo Anastasio Robles, el paisano Agapito López, el sargento Francisco Mendoza, el teniente Mariano Ríos, el juez de Milpillas Teodoro Camacho, Ignacio Torres, el capitán José Vladislao Arias, el teniente Pedro López, el sargento Pedro Mendoza, el soldado Juan José de la Cruz y el sargento José Miguel Leaño, quienes, en su mayoría, con mayor o menor énfasis, negaron haber permanecido voluntariamente al lado de Codallos, muchos, incluso, ignorantes de los motivos por los que se les perseguía (pues los últimos cuatro o cinco meses ya no eran de combate sino de persecución).[ 45 ]
El coronel Juan José Codallos, de cuarenta y un años, nacional de la república de Colombia según declara, es interrogado acerca de las causas de su levantamiento y resulta que éste es casi involuntario. Al igual que Guerrero,[ 46 ] parece ser debido más a la conjunción de circunstancias adversas que debido a una convicción ideológica clara. En intercambio epistolar con el vicepresidente Bustamante y con su hermano Felipe, Codallos pensaba deponer las armas desde el principio, pero -según él- ya se había echado a andar un mecanismo de intriga y traición que tendía a su eliminación:
escribió a su hermano, pidiéndole se interesara con el gobierno para que se le concediera su retiro, la licencia absoluta o se le diera de baja como desertor, pues ya no quería absolutamente servir en las armas y que en aquel momento se retiraba a su rancho de tierra caliente a vivir en paz y tranquilidad, como lo verificó.
Sin embargo, ante lo cerrado del acoso
no era posible que el exponente se resignase a sufrir una persecución tan cruel, y que su vida estuviese expuesta al puñal del asesino, y se decidió a formar el plan conocido de Sirándaro por el que se pronunció el día dos de marzo de ochocientos treinta [...] habiendo propuesto desde entonces acaudillar la revolución en favor del sistema federal que en todos los estados había padecido una aberración extraordinaria.[ 47 ]
Codallos se encuentra, además, de alguna manera sugestionado con lo que pasó a Gregorio Mier y a sus compañeros la noche del 7 de diciembre, lo que hace que las posibilidades de pensar en entregarse no son muchas. Respecto a sus compañeros, dice que es falso que él haya obligado a nadie a acompañarlo: "que jamás estrechó por la fuerza a ninguna clase de individuos para que lo siguiesen", lo cual está en poca consonancia con una orden que había girado a fines del año anterior:
Mucho encargo a vuestra señoría tenga presente las prevenciones que le hice en lo verbal, advirtiéndole que las tropas del estado de Michoacán, cuyo mando me pertenece exclusivamente, no se mueven para ningún punto sin expresa orden mía. Si en su tránsito o en el paraje donde vuestra señoría va comisionado se le presentase o aprehendiese individuo alguno de los de mi división los mandará vuestra señoría pasar por las armas, previo los auxilios espirituales, para contener y castigar las deserciones e inmoralidad que se ha introducido en nuestras tropas; providencia que si bien es dura, es necesarísima y el mismo bienestar de la patria lo reclama.[ 48 ]
De cualquier forma, la declaración de Codallos de que los otros reos le acompañan voluntariamente, le evita el careo personal con ellos (pues "habiendo manifestado el reo Codallos en su confesión que los que lo acompañaban todos estaban voluntariamente y nadie ignoraba las ofertas que se les hicieron en nombre del gobierno"),[ 49 ] pero prácticamente los condena.
El fiscal Arrieta -de acuerdo con la legislación colonial (las reales órdenes del 2 de abril de 1783); la ley del 27 de septiembre de 1823, y los artículos 26, 29 y 45 del tratado 8o., título 1o de la Ordenanza General de Ejército- pide que sean fusilados "por la espalda como traidores y reos de nación".[ 50 ]
Pese a las defensas inusitadamente bien elaboradas y elocuentes de los oficiales nombrados por los reos para ello, el consejo de guerra reunido el 7 de julio de 1831 en la casa del señor don Esteban Moctezuma dictamina:
Vista la orden que se halla inserta a la cabeza de este proceso del señor comandante general de este estado, coronel don Antonio Villaurrutia, con fecha tres del próximo pasado para formar causa al ex coronel Juan José Codallos y 14 cómplices que formaban su gavilla y fueron aprehendidos por el delito de conspiración contra los supremos poderes de la nación [...], ha condenado el consejo y condena al referido Juan José Codallos y sus 14 cómplices a la pena de ser pasados por las armas por la espalda como traidores y reos de la lleccsa [ sic ] nación, según los artículos 26 y 45 de la Ordenanza General del Ejército en su tratado octavo, título 10, y igualmente que el undécimo de la ley del 27 de septiembre de 1823.[ 51 ]
Los reos se "encapillaron" el día 8 y se ejecutaron el lunes 11 de julio a las diez de la mañana.[ 52 ] Junto con ellos desaparecen los últimos vestigios del levantamiento del sur.
Cuando el general Terán le escribía a José María Luis Mora acerca de la forma en que el levantamiento del sur se había sofocado, se quejaba de que "Bastante sangre se ha derramado ya en la guerra del sur por más de un año; yo creo que la energía del gobierno ha sido excesiva y que habría convenido templar después de los primeros triunfos".[ 53 ]
Hemos visto que, a diferencia de este autor, Sierra no se atreve a considerar "innecesario" el sistema duro y brutal utilizado contra opositores. ¿Cómo evaluar esto? En todo caso, ¿tiene algún sentido hacerlo? O más bien hay que preguntarse por el destino de este régimen: efímero y trunco. ¿Sirvió de algo tanta represión, o fue esta misma uno de los motivos que pudieron acarrear mayor oposición a este gobierno?
Podemos ver, por ejemplo, que el asesinato de Guerrero -háyalo mandado quien sea, Alamán le confiesa a Tornel que la decisión recayó en el vicepresidente- se puede ver desde dos ángulos: por un lado, le fue enormemente funcional al régimen, pues, como hemos visto, con la muerte del héroe prácticamente se termina el levantamiento del sur. Pero, por otra parte, también podemos pensar que este hecho socavó la legitimidad de un régimen de por sí espurio (pese a todo el aparato legalizador por parte del Congreso). Nuestra interrogante inicial sobre la relación entre legalidad-legitimidad-carácter represivo se ubica mejor de esta forma y adquiere mayor sentido.
¿Era esto igualmente necesario en el caso de Codallos? ¿No estaba éste ya prácticamente aniquilado cuando se le aprehende y fusila? ¿Representaba aún un peligro potencial su propia figura? Arrasar con cualquier atisbo de oposición y, como dice Bocanegra, sojuzgar bajo todos los aspectos a los vencidos, es una política que requiere de bases muy sólidas para sobrevivir. En este caso, el régimen no las tenía.
El fusilamiento de los reos que intentaban escapar y sus acompañantes la noche del 7 de diciembre, cuando ya francamente todos habían claudicado, muestra otro de los excesos que la administración Alamán tuvo hacia los "opositores".
Nosotros no podemos responder a todas las preguntas que hemos dejado aquí planteadas. Esto requeriría de una investigación mayor y de una búsqueda mucho más a fondo de los elementos que conforman este complejo rompecabezas. Nos contentamos ahora con conocer un poco más de un periodo realmente poco estudiado; con saber más de los mecanismos de la administración de justicia militar, su falibilidad, sus apriorismos, su implacabilidad. A veces, su injusticia. Con conocer un nuevo tipo de documentación, la cual exige un manejo sumamente crítico pues contiene situaciones extremas, y donde los sujetos expositores saben que realizan lo que tal vez será su última defensa. Todo esto ha resultado sumamente novedoso y sabemos que existe ahí, aún, una potente veta por explorar.[ 1 ] Este trabajo se realizó para el seminario México: Historia Política y Social, 1821-1854, dirigido por la doctora Josefina Zoraida Vázquez en el Centro de Estudios Históricos de El Colegio México, durante el semestre de septiembre de 1988 a febrero de 1989.
[ 2 ] M. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1825). Un estudio de los partidos políticos en el México independiente, traducción de M. Fernández Gasalla, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 218. Lorenzo de Zavala, con su voluptuosidad habitual, caracterizaba los proyectos de esta administración como los de "una tiranía militar, que amenazaba a la república con el establecimiento de un régimen central, objeto principal del pronunciamiento de Jalapa". Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 210, subrayado de L. de Zavala.
[ 3 ] Esta idea aparece en M. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1825). Un estudio de los partidos políticos en el México independiente, traducción de M. Fernández Gasalla, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 309, y en Josefina Vázquez, "Los primeros tropiezos", en Historia general de México, 3 v., México, El Colegio de México, 1977, t. III, p. 25. Esta última autora nos recuerda que "Alamán era demasiado cauteloso para atreverse a desafiar el orden constitucional, aunque al igual que la mayoría favorecía la reforma de la Constitución de 1824", p. 11.
[ 4 ] Margarita Urías Hermosillo, "Militares y comerciantes en México, 1828-1846: las mercancías de la nacionalidad", Historias, México, Instituto Nacional de Antropología e Historia, n. 6, p. 50. La idea de que el poder del Estado había caído en manos de los españoles fue, como veremos más adelante, una de las acusaciones más comunes esgrimidas por los opositores del gobierno. Véase, por ejemplo, Moisés González Navarro, "La venganza del sur", Historia Mexicana, El Colegio de México, v. XXI, n. 4 (84), p. 679.
[ 5 ] Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 193 y 215.
[ 6 ] Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 198.
[ 7 ] José María Bocanegra, Memorias para la historia del México independiente, 2 v., México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1985, v. II, n. 155.
[ 8 ] José María Tornel y Mendívil, Breve reseña histórica de los acontecimientos más notables de la nación mexicana, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1985, p. 421.
[ 9 ] Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 251.
[ 10 ] Justo Sierra, Evolución política del pueblo mexicano, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1977, p. 198. No nos parece superfluo presentar el contexto general de esta caracterización de Sierra, pues muestra una filosofía política que ilustra vívidamente el momento y el lugar desde los que se realiza: "Conforme a su propósito, muy explicable desde el punto de vista de los vencedores, se adoptó un sistema de terror militar, y la represión fue en todas partes sangrienta: casi todos los corifeos de la resistencia armada fueron ejecutados; la imprenta calló, algunos diputados fueron rabiosamente perseguidos, y todo aquel sistema duro y brutal, y no nos atreveríamos a añadir innecesario, porque la guerra civil debía terminar a todo trance, pero frecuentemente injusto y ciego, acabó con un gran crimen, la ejecución del general Guerrero" (p. 198-199).
[ 11 ] Lucas Alamán, Historia de México, 5 v., México, Jus, 1942, v. V, p. 787.
[ 12 ] Lucas Alamán, Historia de México, 5 v., México, Jus, 1942, v. V, p. 787-788.
[ 13 ] El texto completo del plan aparece en Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 172-173, y en Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 303-306. Llama la atención un error importante en el volumen I de los Planes en la nación mexicana, recientemente editado, donde aparecen invertidos los artículos del "Plan de Jalapa" del 4 de diciembre de 1829, p. 228, con los del "Acta de pronunciamiento de México" del 23 de diciembre de 1829, p. 231-232.
[ 14 ] M. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1825). Un estudio de los partidos políticos en el México independiente, traducción de M. Fernández Gasalla, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 257. La justificación que Alamán presenta de esto, raya en el cinismo: "En el desorden que había habido en las elecciones de los congresos y gobernadores de los estados, era fácil encontrar motivos para anularlas y así se hizo con todos los que convino. Lucas Alamán, Historia de México, 5 v., México, Jus, 1942, v. V, p. 785. Otro entusiasta panegirista del Plan de Jalapa es Carlos María de Bustamante, quien en su controvertido texto considera que: "El artículo 4o. del Plan de Jalapa, artículo salvador de la libertad pública, comenzó a efectuarse en no pocos estados removiendo los congresos elegidos por la facción yorkina y obligándolos a que se declarasen convocantes de otros mejor organizados". Carlos María de Bustamante, Continuación del Cuadro histórico de la revolución mexicana, México, Publicaciones de la Biblioteca Nacional, 1954, t. III, p. 345.
[ 15 ] M. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1825). Un estudio de los partidos políticos en el México independiente, traducción de M. Fernández Gasalla, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 260.
[ 16 ] M. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1825). Un estudio de los partidos políticos en el México independiente, traducción de M. Fernández Gasalla, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 260; Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 201.
[ 17 ] El caso del estado de San Luis Potosí no es muy claro pues, pese a que en los listados de asambleas y gobernadores depuestos ( v. g. los de Costeloe, Alamán y Zavala) no aparece, sí es clara, al principio, su oposición a la cada vez mayor centralización del régimen. Suárez y Navarro menciona que cuando el gobernador de Michoacán Salgado esperaba el apoyo del gobernador Romero de San Luis, éste ya había reconocido al gobierno de Bustamante: "El gobernador Romero y la legislatura, según indicamos ya, recibieron por recompensa de su debilidad de vergüenza de ser arrojados ignominiosamente del puesto que ocupaban". Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 204.
[ 18 ] Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 205-206; José María Bocanegra, Memorias para la historia del México independiente, 2 v., México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1985, v. II, p. 158-159.
[ 19 ] Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 204; Carlos María de Bustamante, Continuación del Cuadro histórico de la revolución mexicana, México, Publicaciones de la Biblioteca Nacional, 1954, t. III, p. 347; Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 236-237; Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 203. M. Urías comete un grave desliz cuando menciona que "el asesinato del general Guerrero provocó la insurrección en la parte meridional de Michoacán, Puebla y el Estado de México, en el actual estado de Guerrero y Oaxaca". Margarita Urías Hermosillo, "Militares y comerciantes en México, 1828-1846: las mercancías de la nacionalidad", Historias, México, Instituto Nacional de Antropología e Historia, n. 6, p. 53, exactamente lo contrario a lo aseverado por M. Costeloe, La primera república federal de México (1824-1825). Un estudio de los partidos políticos en el México independiente, traducción de M. Fernández Gasalla, México, Fondo de Cultura Económica, 1983, p. 272. Volveremos más adelante a esto último.
[ 20 ] Carlos María de Bustamante, Continuación del Cuadro histórico de la revolución mexicana, México, Publicaciones de la Biblioteca Nacional, 1954, t. III, p. 347.
[ 21 ] Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 239.
[ 22 ] Carlos María de Bustamante, Continuación del Cuadro histórico de la revolución mexicana, México, Publicaciones de la Biblioteca Nacional, 1954, t. III, p. 363.
[ 23 ] Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 240.
[ 24 ] Interrogatorio a Juan José Codallos. Pátzcuaro, 16 de junio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 145.
[ 25 ] El Plan Codallos se puede consultar reproducido textualmente en los siguientes lugares: José María Bocanegra, Memorias para la historia del México independiente, 2 v., México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1985, v. II, p. 245-247; Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 212-213; J. Suárez y Navarro, p. 207-208; Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 238; Saúl Chávez Peralta, Codallos, un gran hombre, dos naciones: México-Venezuela, México, Fondo Nacional para Actividades Sociales, 1980, p. 63-65. Aparece además en la Sumaria contra el ex coronel Juan José Codallos y 14 personas que lo acompañan. Pátzcuaro, 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 309-310.
[ 26 ] José María Bocanegra, Memorias para la historia del México independiente, 2 v., México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1985, v. II, p. 157.
[ 27 ] Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 238.
[ 28 ] Tomado de Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 213-214.
[ 29 ] Esto requeriría un estudio mucho más detallado del que podemos realizar nosotros aquí. La documentación se encuentra en el Archivo Histórico de la Secretaría de la Defensa Nacional bajo los siguientes apartados: exp. XI/481.3/679 al 733, 746 al 769 y 822. Buena parte de esta documentación se encuentra en Luis Ramírez Fentanes (comp.), Colección de los documentos más importantes relativos al C. general de División Vicente Guerrero, benemérito de la patria, México, Secretaría de la Defensa Nacional, Comisión de Historia Militar, 1955, 339 p. Agradezco al compañero Héctor C. Hernández las referencias anteriores, así como el préstamo de la compilación de Ramírez Fentanes.
[ 30 ] Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 239.
[ 31 ] Interrogatorio a Juan José Codallos. Pátzcuaro, 16 de junio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 153.
[ 32 ] Manuel Dublán y José María Lozano, Legislación mexicana. Colección completa de las disposiciones legislativas expedidas desde la independencia de la república, 1876, t. II, p. 315-316.
[ 33 ] Jaime Olvera, Gordiano Guzmán, un cacique del siglo XIX, México, Secretaría de Educación Pública, Instituto Nacional de Antropología e Historia, 1980, p. 142. Las condiciones en que pacta Álvarez se pueden ver en Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 285.
[ 34 ] Olavarría y Ferrari y Suárez y Navarro mencionan que fue fusilado junto con tres oficiales mexicanos y uno extranjero. Como veremos más adelante, esto es inexacto. Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 285; Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 219.
[ 35 ] Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte quinta, 258, 65 f.
[ 36 ] J. Gregorio Mier al comandante general Villaurrutia. Morelia, 1 de agosto de 1830, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, 258, f. 48-49.
[ 37 ] J. Gregorio Mier al comandante general Otero, Morelia, octubre 5, 1830. Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímeres de Guerra, 258, f. 54-55.
[ 38 ] Juan Suárez y Navarro, Historia de México y del general Antonio López de Santa Anna, México, Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana, 1987, p. 223-224; Lorenzo de Zavala, Ensayo histórico de las revoluciones de México desde 1808 hasta 1830, México, Instituto Cultural Helénico-Fondo de Cultura Económica, 1985, p. 240-241. Zavala no menciona entre los capturados a Agustín Castañeda, quien sí fue fusilado.
[ 39 ] Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, 54 f.
[ 40 ] Asesor Mariano Minón al comandante general Villaurrutia. Morelia, 16 de marzo de 1832, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 49-50.
[ 41 ] Declaración preparatoria de Agustín Castañeda. Morelia, 29 de junio de 1830, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 39-41.
[ 42 ] Antonio García al fiscal Miguel Zincunegui. Irapuato, 21 de agosto de 1830, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 39-41.
[ 43 ] Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 404.
[ 44 ] Copia de la carta de Juan José Codallos a Vicente Rangel, Andrés Zarco y Vicente García. Hacienda de Itucuaro, 28 de mayo de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 3-4.
[ 45 ] Confesiones con cargo de los reos que acompañaban al ex coronel Juan José Codallos. Pátzcuaro, 9 al 15 de junio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 42-136.
[ 46 ] Cuando a Guerrero se le interrogaba acerca de por qué él se había levantado, contestaba que "el motivo que habíale inducido a tomar las armas fue el de haber tenido noticia, por los papeles públicos, de la persecución horrorosa emprendida por el gobierno y la aproximación de las tropas destacadas en su busca, que le hicieron salir de su finca en Tierra Colorada, donde tranquilamente se hallaba, y marchar a Tierra Caliente en defensa de su persona: allí se reunió con Codallos" (Enrique Olavarría y Ferrari, "México independiente, 1821- 1855", en México a través de los siglos, México, Cumbre, 1953, v. IV, p. 272).
[ 47 ] Interrogatorios a Juan José Codallos. Pátzcuaro, 16 de junio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 142-144.
[ 48 ] Juan José Codallos al coronel Francisco Monroy. 16 de diciembre de 1830, Archivo Histórico de la Secretaría de la Defensa Nacional, exp. XI /481.3/822, f. 47-48, en Luis Ramírez Fentanes (comp.), Colección de los documentos más importantes relativos al C. general de División Vicente Guerrero, benemérito de la patria, México, Secretaría de la Defensa Nacional, Comisión de Historia Militar, 1955, p. 237.
[ 49 ] Diligencia de no verificarse al careo del reo principal con los demás de este proceso. Pátzcuaro, 28 de junio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 303-304.
[ 50 ] Excitativa final de José María Arrieta, juez fiscal de este proceso. Pátzcuaro, 6 de julio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 314-320.
[ 51 ] Diligencia de haberse juntado el consejo y presentado en él a los reos comprendidos en esta causa. Votos y sentencia. Pátzcuaro, 7 de julio de 1831, Archivo Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Crímenes de Guerra, parte segunda, 255, f. 368-377.
[ 52 ] Finalmente, no se fusiló a Agapito López porque demostró un hermano suyo que era menor de quince años. El informe con los detalles de la ejecución no está en el expediente del Archivo Judicial sino en el de la Defensa: el comandante general de Michoacán participa a la Secretaría de Guerra estos hechos. 13 de julio de 1831, Archivo Histórico de la Secretaría de la Defensa, exp. XI/481.3/756, f. 53 y 54, y aparece en Luis Ramírez Fentanes (comp.), Colección de los documentos más importantes relativos al C. general de División Vicente Guerrero, benemérito de la patria, México, Secretaría de la Defensa Nacional, Comisión de Historia Militar, 1955, p. 210.
[ 53 ] José María Luis Mora, Obras sueltas, México, Porrúa, 1963, p. 34.
Estudios de Historia Moderna y Contemporánea de México, Álvaro Matute (editor), Ricardo Sánchez Flores (editor asociado), México, Universidad Nacional Autónoma de México, Instituto de Investigaciones Históricas, v. 13, 1990, p. 61-80.
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