Resumen
En este artículo se discute el reconocimiento que las primeras constituciones mexicanas dieron a los derechos naturales. Se señala que los mexicanos debatían acerca de dos modelos distintos en esta materia: el modelo liberal y el revolucionario iusnaturalista. A menudo, la historiografía del derecho insiste en identificar el origen de esta discusión en el Constituyente de 1842 o bien, en el de 1856. En este trabajo se sugiere que las raíces del debate en torno a los derechos estaban presentes en México desde la Independencia en 1821.
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